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Calculadora de IVA y recargo de equivalencia

El IVA lo calcula cualquiera. Lo que se falla es el recargo de equivalencia: no es un porcentaje fijo, va emparejado al tipo de IVA de cada línea. Aquí van juntos, como en la factura.

Esta calculadora necesita JavaScript, porque calcula en tu equipo en lugar de enviar tus importes a un servidor. Los porcentajes están más abajo, por si prefieres hacerlo a mano.

Los tipos, y el recargo que le toca a cada uno

Tipo de IVA IVA Recargo Dónde se aplica
General21 %5,2 %La mayoría de bienes y servicios.
Reducido10 %1,4 %Hostelería, transporte de viajeros, algunas obras en vivienda.
Superreducido4 %0,5 %Pan, leche, libros, medicamentos, productos para discapacidad.
Tabaco21 %1,75 %Único caso en que el recargo no sigue al tipo. No está en la calculadora.

Fuente: Ley 37/1992 del IVA, arts. 90, 91 y 161.

Quién paga el recargo y quién lo cobra

Aquí está el malentendido de siempre. El recargo no lo paga quien lo repercute. Si vendes a un comerciante minorista acogido al régimen, eres tú quien tiene que añadir el recargo a tu factura y quien lo ingresa en Hacienda. Él lo paga, y a cambio no presenta declaraciones de IVA por esa actividad: ni el modelo 303, ni deducción de sus cuotas soportadas.

De ahí que el comerciante tenga que avisarte de que está en el régimen. Si no lo hace y tú no lo aplicas, la factura sale mal para los dos.

El régimen es obligatorio, no opcional, para el comercio minorista que sea persona física o entidad en atribución de rentas y venda a particulares sin transformar el producto. No aplica a servicios, ni a la mayoría de la industria, ni a las sociedades.

Qué tiene que ver esto con Verifactu

El recargo es una línea más del registro de facturación: si lo omites o lo calculas mal, el error queda encadenado y firmado como el resto. Corregirlo obliga a emitir una rectificativa, no a rehacer el PDF. Y estar en recargo de equivalencia no te libra de Verifactu: la obligación mira el impuesto por el que tributas y el hecho de emitir con un programa, no tu régimen de IVA. Si tienes dudas sobre tu caso, el recorrido «¿Me afecta?» lo resuelve en tres preguntas.

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