Lo que FacturaDirecta afirma sobre Verifactu, y dónde lo escribe
Leímos su página de precios el . Allí FacturaDirecta escribe «Todos los planes incluyen» y, debajo, «VeriFactu, factura electrónica, modelos de impuestos y libros del IVA». En el bloque de lo que comparten todos los planes lo repite: «VeriFactu , con envío y registro de eventos».
En un artículo de su blog fechado el 14 de marzo de 2024 afirma: «Nuestro programa está adaptado a las nuevas leyes Antifraude y Crea y Crece.»
Lo más concreto es el PDF de su declaración responsable: versión 2, firmada el 26/02/2026 en Vic. La leímos por primera vez el y la releímos el . Declara la modalidad VERI*FACTU o NO VERI*FACTU, que vemos más abajo. Todo junto está en la ficha de FacturaDirecta.
Su declaración responsable, leída campo por campo
El documento lleva al pie de la letra el título que exige la Orden HAC/1177/2024: «DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE FACTURACIÓN». Esa orden añade que «cada dato aportado deberá precederse del texto que lo describe» y fija un contenido mínimo, de la letra a) a la l). Lo explicamos en qué debe contener una declaración responsable.
FacturaDirecta rellena todas las letras:
| Letra | Qué pide | Qué declara FacturaDirecta |
|---|---|---|
| a) | Nombre del sistema | FacturaDirecta |
| b) | Código identificador del sistema | 00 |
| c) | Identificador completo de la versión | 2 |
| d) | Componentes y descripción | «El sistema está preparado para cumplir con los requisitos técnicos de la AEAT […]» |
| e) | Si solo funciona como VERI*FACTU | No |
| f) | Si permite varios obligados tributarios | Sí |
| g) | Tipo de firma | «Certificado electrónico cualificado (X.509) con algoritmo SHA-256» |
| h) | Razón social del productor | Conductiva Online Services SL |
| i) | NIF | B65152100 |
| j) | Dirección postal | C/ de la Llotja, sn, VIT; 08500 Vic, España |
| k) | Declaración de cumplimiento | Texto copiado debajo |
| l) | Fecha y lugar de la firma | 26/02/2026, en Vic |
Leído en el PDF de su declaración responsable el .
La letra k) es la declaración de cumplimiento. Este es su texto, con los cortes marcados: «Conductiva Online Services SL declara que este sistema informático cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, […] aprobado por el Real Decreto 1007/2023 […]»
El anexo da un correo de contacto: info@facturadirecta.com. Tienes también el resumen de su declaración en nuestra ficha.
La versión anterior, del 29/07/2025
Existe una declaración anterior, firmada el 29/07/2025, con el mismo texto. Sigue accesible, pero FacturaDirecta ya no la enlaza. Esa fecha es la misma desde la que los fabricantes de programas debían ofrecer sistemas adaptados.
Lo que ese papel prueba y lo que no prueba
La declaración prueba que Conductiva Online Services SL se compromete por escrito. No prueba que una factura concreta emitida desde tu cuenta cumpla.
El Real Decreto 1007/2023 pide que conste «por escrito y de modo visible en el propio sistema informático en cada una de sus versiones, así como para el cliente y el comercializador en el momento de la adquisición del producto». Añade que «podrá ser solicitada por el cliente o por la Administración tributaria» (texto en el BOE).
No es una homologación de Hacienda
Las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria sobre certificación, actualizadas a 21 de julio de 2026, llaman a este documento una «auto-certificación» del productor. No es una homologación. Lo detallamos en por qué la declaración responsable es una autocertificación.
Esas respuestas dicen también que «Cada versión, por pequeña variación que introduzca, es un producto distinto». La declaración que publica FacturaDirecta es la de la versión «2».
Quién responde si el sistema no está certificado
La Ley General Tributaria (LGT), en su artículo 201 bis, sanciona tener un sistema no certificado con 50.000 € por cada ejercicio, a cargo del usuario. Al productor o al comercializador le fija 150.000 € por ejercicio y por cada tipo de sistema, y 1.000 € por cada sistema vendido sin certificación.
El fabricante queda fuera en un caso concreto. Si un cliente no quiere adaptar un sistema que compró antes, según la Agencia Tributaria «el fabricante o productor queda exento de toda responsabilidad, respondiendo el cliente en los términos del artículo 201.bis LGT». Vale para ese supuesto, no para cualquier fallo.
¿Solo VERI*FACTU o también No Verifactu?
En la letra e), FacturaDirecta responde «No» a si el sistema solo funciona como VERI*FACTU. En nuestra ficha lo resumimos así: modalidad VERI*FACTU o NO VERI*FACTU.
La orden ministerial reserva la letra g) a los tipos de firma si no se usa como VERI*FACTU. FacturaDirecta declara ahí un «Certificado electrónico cualificado (X.509) con algoritmo SHA-256». En la letra f) indica que el programa permite su uso por varios obligados tributarios.
El PDF no dice qué modalidad usa tu cuenta por defecto ni cómo se cambia. Esa pregunta es para el soporte; te dejamos el texto más abajo.
Tu plazo: antes del 1 de enero o del 1 de julio de 2027, y el aplazamiento anunciado
El Real Decreto 1007/2023, en su redacción vigente, da a las sociedades un plazo que dice «antes del 1 de enero de 2027»: el último día es el 31 de diciembre de 2026. Para los autónomos, las entidades en atribución de rentas y los no residentes con establecimiento permanente, la fórmula es «antes del 1 de julio de 2027»: el último día es el 30 de junio de 2027. Mira tu caso si tienes una sociedad o si eres autónomo.
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció su intención de aplazar las obligaciones pendientes de Verifactu hasta octubre de 2028, en una nota informativa titulada «Previsión de modificación de los plazos». A 11 de octubre de 2026, el BOE no recogía ningún cambio del real decreto posterior al Real Decreto-ley 15/2025. Una nota informativa no modifica un real decreto. Lo contamos en el aplazamiento a octubre de 2028, todavía sin BOE, y en el error de dar por hecho el aplazamiento.
Lo que dice el propio blog de FacturaDirecta, y lo que no ha actualizado
FacturaDirecta añadió a su artículo una actualización fechada el 14/10/26. Recoge el anuncio de Hacienda con su propia explicación: que el aplazamiento busca que Verifactu coincida con la factura electrónica obligatoria. Esa explicación es del fabricante, no de la nota. Después escribe: «Mientras no se publique la norma, las fechas oficiales de VeriFactu siguen siendo las de 2027.»
El cuerpo del artículo seguía sin actualizar el . Mantiene que la ley «será de aplicación obligatoria a partir de 2027 (1 de enero para sociedades y 1 de julio para autónomos)», cuando la norma dice «antes del». Y sigue contando los plazos de la factura entre empresas desde la aprobación del desarrollo reglamentario.
La factura electrónica entre empresas va con otro calendario
La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales es otra norma, con otro calendario: cumplir una no cubre la otra. La orden que fija las fechas se publicó en el BOE núm. 247 del 5 de octubre de 2026 y entró en vigor el 6 de octubre de 2026. La obligación llega a partir del 6 de octubre de 2027 si tu volumen de operaciones superó 8 millones de euros el año natural anterior, y a partir del 6 de octubre de 2028 para el resto.
En su actualización, FacturaDirecta escribe: «La factura electrónica ya tiene fechas: 06/10/27 para empresas de más de 8 millones de volumen de operaciones y 06/10/28 para el resto.» Coinciden con las fechas de la Orden HAC/1028/2026. Que su página de precios liste «Facturae y envío directo a FACe» no permite saber si cumplirá el Real Decreto 238/2026, y no encontramos mención a la solución pública de facturación electrónica. Más en Verifactu y factura electrónica B2B no son lo mismo.
Qué cuesta y qué plan incluye Verifactu
Según su página de precios, leída el , Verifactu está en todos los planes: «Todos los planes incluyen». La misma página avisa: «Precios sin impuestos incluidos».
| Plan | Pago anual | Pago mensual | Límites |
|---|---|---|---|
| Gratis | 0 € | 0 € | 100 facturas por año natural, hasta 10 clientes y 10 productos |
| Bronce | 12 € al mes + IVA, facturado anualmente | 15 € al mes + IVA, facturado mensualmente | 2.000 facturas al año |
Leído en su página de precios el . El los precios del plan Bronce eran los mismos.
En 12 meses, Bronce sale por 144 € sin IVA con pago anual y por 180 € sin IVA con pago mensual: 36 € sin IVA de diferencia. El 20 % de ahorro que muestra el selector de pago anual corresponde a esa diferencia entre 15 € y 12 €. El resto de planes está en todos los precios verificados. También puedes usar calcula lo que te cuesta tu programa.
¿FacturaDirecta gratis incluye Verifactu?
Según su página de precios, leída el , el plan Gratis también lo incluye. Cuesta 0 €, «para siempre, sin tarjeta», con 100 facturas por año natural y hasta 10 clientes y 10 productos. Puedes comparar los planes a 0 € y sus límites.
Qué comprobar dentro de tu cuenta y qué pedirle al soporte
La orden ministerial pide que la declaración esté «disponible de manera legible e individualizada dentro del propio sistema informático». No basta con el PDF de la web: deberías poder verla dentro de tu cuenta, y tiene que ser la de la versión que usas, porque cada versión es un producto distinto. Si no la encuentras, la norma te permite pedírsela al productor.
En su blog, FacturaDirecta promete: «Nosotros adaptamos tu cuenta a las nuevas leyes para que puedas seguir facturando con normalidad.» Es una promesa del fabricante, no algo comprobado. Puedes escribir a info@facturadirecta.com, el correo del anexo de la declaración.
Hola. Uso FacturaDirecta y quiero confirmar tres cosas sobre Verifactu. Primero, si mi cuenta funciona con la versión «2» del sistema, la de la declaración responsable firmada el 26/02/2026. Segundo, en qué modalidad emite mi cuenta: VERI*FACTU o NO VERI*FACTU. Tercero, dónde puedo ver la declaración responsable dentro del programa. Gracias.
Preguntas frecuentes
¿FacturaDirecta tiene Verifactu?
FacturaDirecta afirma incluirlo: su página de precios, leída el , dice «Todos los planes incluyen» y cita VeriFactu. Además publica su declaración responsable en PDF, versión 2, firmada el 26/02/2026.
¿Qué valor tiene ante Hacienda la declaración de FacturaDirecta?
Es una «auto-certificación» del productor, como la llama la Agencia Tributaria, no una homologación.
¿El plan gratis de FacturaDirecta incluye Verifactu?
Según su página de precios, leída el , sí, porque todos los planes lo incluyen. El plan Gratis cuesta 0 € y permite 100 facturas por año natural.
¿Dónde está la declaración responsable de FacturaDirecta?
FacturaDirecta la publica en un PDF en su web. Por norma, además, tiene que estar visible dentro del propio programa.
¿Cuándo tengo que facturar con Verifactu si uso FacturaDirecta?
La norma vigente dice «antes del 1 de enero de 2027» para sociedades y «antes del 1 de julio de 2027» para autónomos. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 un aplazamiento a octubre de 2028 que, a 11 de octubre de 2026, no estaba en el BOE: lo explicamos en el aplazamiento a octubre de 2028, todavía sin BOE.
¿FacturaDirecta sirve para la factura electrónica obligatoria entre empresas?
Es otra norma, con otras fechas: a partir del 6 de octubre de 2027 si tu volumen de operaciones supera 8 millones de euros, y a partir del 6 de octubre de 2028 para el resto. FacturaDirecta lista «Facturae y envío directo a FACe» en todos sus planes, pero ninguna de las páginas que leímos dice si cubrirá el Real Decreto 238/2026.
Lo que esta página no sabe
- Nunca hemos emitido una factura de prueba ni hemos entrado en ninguna cuenta. Leemos lo que el fabricante publica.
- No sabemos qué modalidad usa una cuenta por defecto ni cómo se cambia.
- No sabemos si todas las cuentas usan ya la versión «2» declarada el 26/02/2026.
- No sabemos qué significa el código «00» de la letra b).
- No hemos visto la declaración dentro del programa, solo el PDF de la web. La norma exige que esté en el propio sistema, no en la web.
- No sabemos qué distingue la declaración del 29/07/2025 de la del 26/02/2026, más allá de que el texto es el mismo.
- No sabemos cómo cubrirá FacturaDirecta la factura entre empresas: ni formatos ni mención a la solución pública de facturación electrónica.
- No sabemos si el aplazamiento a octubre de 2028 llegará al BOE, ni cuándo, ni con qué fechas. Lo comprobamos el .
Más sobre nuestro método en cómo leemos las declaraciones.
Base legal de esta página
Fuentes oficiales
- Real Decreto-ley 15/2025 · redacción vigente de la DF 4ª del RD 1007/2023 (BOE-A-2025-24446)
- Orden HAC/1177/2024 · art. 15 (BOE-A-2024-22138)
- Ley 58/2003, General Tributaria · art. 201 bis (BOE-A-2003-23186)
- RD 238/2026 · factura electrónica B2B (BOE-A-2026-7295)